Matafuego, rueda de auxilio y…calculadora

Con 52 votos positivos y 1 negativo, la Legislatura porteña aprobó en la madrugada del viernes el proyecto por el cual se implementará el sistema de licencia por puntos (scoring) a partir de agosto.
Matafuego, rueda de auxilio y…calculadora

En la discusión en particular de la iniciativa hubo artículos que se aprobaron con lo justo (31 votos) y otros que recibieron sólo el voto negativo de la diputada Patricia Walsh, quien consideró “malo” el proyecto.

El texto sancionado se elaboró en base al proyecto consensuado durante varias semanas por el diputado Martín Borrelli (PRO), presidente de la Comisión de Justicia; el diputado Daniel Amoroso (PRO), presidente de la Comisión de Tránsito y Transporte; la diputada Silvia La Ruffa (Frente para la Victoria), presidenta de la Comisión de Seguridad; y los diputados Pablo Failde (Frente para la Victoria); el diputado Alejandro Rabinovich (Autonomía con Igualdad); el diputado Gonzalo Ruanova (Diálogo por Buenos Aires) y Sergio Abrevaya (Coalición Cívica).

A raíz de la implementación del SEPC se le otorgará a cada conductor un total de 20 puntos. Para la quita de los puntos se tendrán en cuenta sólo las infracciones que ponen en riesgo la vida de terceros (25 de 68) y se determinó que, por su intencionalidad manifiesta de infringir las normas de tránsito, la falta más grave será correr picadas. La misma sería sancionada con la quita de todos los puntos.

El punto más discutido fue sobre quién deberá recaer la medida, mientras el macrismo, la Coalición Cívica y el bloque Autonomía con Igualdad consideraban que la quita de puntos debía recaer sobre los conductores, el kirchnerismo, el ibarrismo, el socialismo y el bloque Encuentro Progresista sostenían que las faltas debían recaer sobre el titular del automotor, de lo contrario, dudaban de la efectividad del sistema.

Lo cierto es que triunfó la primera postura, con la salvedad de que se incluyó en la redacción que, cuando no se pueda identificar al conductor, la sanción recaiga sobre el titular del vehículo. Esta incorporación no fue acompañada por la Coalición Cívica.

La violación de semáforo en rojo, paso a engrosar la lista del Código Contravencional. De esta forma, quien viole un semáforo en rojo no sólo recibirá la quita de cinco puntos sino también una multa que irá de 300 a 3000 pesos, existiendo también la posibilidad de sufrir de uno a cinco días de arresto.

Por otra parte, tal como impulsó el PRO se decidió que la instancia de quita de puntos sea administrativa, lo que implica que el controlador de faltas será el encargado de escuchar el descargo e, inmediatamente, efectuar la sanción. El fallo podrá apelarse en el fuero contravencional, donde los puntos podrán ser devueltos.

Igualmente hay una excepción. Si un conductor ha realizado muchas infracciones y cuando va al controlador le impone una multa que signifique la inhabilitación, la sanción recién quedará firme luego de la apelación.

En lo que respecta a las faltas muy graves (conducir en estado de ebriedad, superar la velocidad máxima permitida, negarse a un control de alcoholemia o no detenerse en caso de accidente) restarían 10 puntos; las faltas graves como ser cruzar semáforos en rojo o utilizar el celular al manejar restarían cinco puntos; y las faltas menos graves restarían de dos a cuatro puntos.

El conductor que pierda todos los puntos sufriría una suspensión de 60 días, que podrá ser redimida por la realización de un curso; si vuelve a perder todos sus puntos, recibirá suspensiones que progresivamente pueden llegar a cinco años.
Los conductores pueden recuperar voluntariamente cuatro puntos si presentan certificado de asistencia y aprobación de un curso especial de educación vial y prevención de siniestros de tránsito.

En lo que respecta a la caducidad o prescripción de las sanciones, transcurridos dos años el conductor que no haya recibido una suspensión recuperará los puntos correspondientes a las multas cometidas. Además, por única vez el contador de puntos volverá a 20 luego del primer año, excepto en los casos en los que el conductor esté inhabilitado (es decir, que tenga 0 en el crédito de su licencia).

Corresponden las siguientes consecuencias de acuerdo al puntaje alcanzado por aplicación de este Sistema, sin perjuicio de las multas que correspondan:
Los conductores que nunca hayan tenido descuento de puntos en los dos años anteriores a la fecha de vencimiento de sus licencias tendrán los siguientes beneficios:

Los conductores que renueven su licencia quedan eximidos de concurrir a las clases de actualización de normas de tránsito y prevención de accidentes.

Los conductores serán bonificados con el 100% del valor de la tarifa de renovación correspondiente.

Además, se estableció que no pueden acogerse al pago voluntario aquellos conductores que hayan cometido una falta que esté incluida en el SEPC.

Lo que respecta a las cláusulas transitorias, se estableció que el descuento de puntos como consecuencia de las faltas previstas en los artículos 6.1.33 (cruce de bocacalles), 6.1.34 (circulación marcha atrás), 6.1.37 (obstrucción de vía) y 6.1.40 (prioridad de paso de peatones) comenzará a tener vigencia a partir del año de efectiva aplicación de la ley.

Fuente: ADN Ciudad