El Inadi condenó a Macri por declaraciones televisivas discriminatorias

A raíz de una denuncia presentada por el Observatorio de Derechos Humanos porteño, el Instituto Nacional contra la Discriminación y la Xenofobia  cuestionó las declaraciones que Jefe de Gobierno realizó en el programa Vértigo donde discriminó a obesos y extranjeros.
 

El Inadi condenó a Macri por declaraciones televisivas discriminatorias

La denuncia fue presentada el 22 de marzo pasado, luego de que se emitiera una entrevista a Mauricio Macri realizada por el periodista Matías Martin para el programa Vértigo, transmitido por Telefe.

En el marco del reportaje y ante un comentario sobre la ex Guardia Urbana,  Macri respondió: “no hacían nada, eran unos gorditos vestidos de verde que no pasaba nada".

En relación a este punto el INADI concluyó que “la verbalización de una afirmación en el sentido realizado por el Sr. Maurici Macri, en su carácter de Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, constituye una afirmación carente de justificación racional alguna que, en boca una autoridad nacional, puede convertirse en vehículos de futuros actos discriminatorios, en los términos del artículo 1ro. de la Ley Nro. 23.592”. También consideraron que “los dichos del Sr. Mauricio Macri, en su carácter de Jefe de Gobierno de la Ciudad de Bs. As., transmiten un estereotipo estigmatizante de los miembros de la Guardia Urbana, susceptible de constituirse en vehículo de conductas discriminatorias”.

En otro tramo del reportaje, cuando Matías Martin le preguntó "si los extranjeros se pueden atender en los hospitales públicos", la respuesta del Jefe de Gobierno fue contundente: “Sin pagar, no”.

Sobre este tema, el informe del INADI sostiene: “el Jefe de Gobierno desconoce lo que establece la propia Constitución de la Ciudad, en su artículo 20, donde dice que se garantiza el derecho a la salud integral (…) se entiende por gratuidad en el área estatal que las personas quedan eximidas de cualquier forma de pago directo”. El informe también dice que “pretender arancelar el ejercicio de un derecho constitucional, por la sencilla razón de ser extranjero/a, constituye un acto susceptible de encuadrar en artículo 1[1] de la Ley de penalización de actos discriminatorios”.

En consecuencia, sostener que las personas extranjeras deben pagar para ser atendidas en los hospitales públicos de la ciudad, constituye un acto discriminatorio, en los términos del artículo 1 de la Ley Nro. 23.592.

“Al ODH le preocupan estas manifestaciones discriminatorias, sobre todo si las realiza quien ejerce el máximo cargo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Sus dichos no se condicen con las normas vigentes en la Ciudad, a pesar de que es su obligación cumplirlas” señalaron desde el organismo.