La justicia declaró inconstitucional un plan social de Macri

La justicia porteña declaró inconstitucionales los montos de los subsidios alimentarios que paga el gobierno de la Ciudad a través del llamado Ticket Social. En la actualidad una familia en situación de vulnerabilidad recibe $ 320 por mes sin importar su número de integrantes. 

La justicia declaró inconstitucional un plan social de Macri

La medida fue dispuesta por Guillermo Scheibler, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 13, quien lo consideró "insuficiente para cubrir las necesidades alimentarias básicas" y ordenó su actualización en un plazo de 20 días.

"La Ciudad tiene uno de los presupuestos per cápita más altos de Latinoamérica, pero todos los años hay subejecución en las áreas destinadas a la efectividad de los derechos" sociales, aseguró Luciana Bercovich, codirectora de Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ).

Y consideró que, "para una familia (tipo) de cuatro personas, $ 320 (al mes) es un monto que claramente no cumple con los estándares mínimos para garantizar el derecho a la alimentación".

El magistrado hizo lugar a un amparo presentado por la Asesoría General Tutelar y la propia ACIJ para que el Ministerio de Desarrollo Social, a cargo de Carolina Stanley, "cumpla con su obligación constitucional de garantizar el derecho a la salud integral, a la alimentación, a la igualdad y a la autonomía personal de todos los niños (…) que soliciten las prestaciones previstas en los programas alimentarios" de la Ciudad.
 
La ex asesora tutelar Laura Musa, quien terminó su mandato hace un mes y entregó el control del organismo a la ex funcionaria del PRO Yael Bendel, afirmó que el objetivo de la presentación "fue cambiar el modo de ingreso al plan Ciudadanía Porteña". "Impugnamos su discrecionalidad actual. Debería haber un protocolo claro de acceso a los planes, reglas de debido proceso y transparencia en los montos previstos. Eso es lo que exige el juez", abundó.
 
En su sentencia, el juez detalla que según la medición de la canasta alimentaria porteña, en diciembre del año pasado un hogar unipersonal requirió de $ 1099 para no caer bajo la línea de indigencia. "320 pesos (…) se presenta como palmariamente insuficiente para cubrir las necesidades alimentarias básicas por mes", argumentó el magistrado. Agregó que "en igual medida (…) la suma deviene irrisoria" ya que "el monto del beneficio (…) es asignado por hogar sin tener en cuenta la cantidad de integrantes (…) ni los ingresos del grupo".
Scheibler otorgó un plazo de 20 días para adecuar los planes y ordenó que en diez días se reglamente la Ley 1878, que consagra el derecho a la alimentación y que lleva nueve años sin ser reglamentada. 
 
Fuente Tiempo Argentino