La Legislatura aprobó la adhesión al protocolo ILE

Con 50 votos a favor, 7 en contra y 3 abstenciones, la Legislatura porteña aprobó la adhesión al Protocolo Nacional de Interrupción Legal del Embarazo actualizado por el ministro de Salud nacional, Ginés González García, en 2019.

 

La Legislatura aprobó la adhesión al protocolo ILE

"La adhesión (al protocolo ILE) es un paso más en la Ciudad a favor del derecho a la salud de las mujeres", dijo la presidenta de la Comisión de Salud, Patricia Vischi, quien fue la primera oradora del debate y destacó que el proyecto de ley tuvo el apoyo "transversal de todas las fuerzas políticas" y que la decisión fue tomada "en articulación con la sociedad civil".

El proyecto para adherir al protocolo había sido presentado el 18 de febrero, con el apoyo de todos los bloques y la presencia de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito. El protocolo es un paso en materia de derechos de las mujeres porque brinda instrumentos para la acción de los y las profesionales de la salud.

El protocolo anterior, aprobado por el Ministro de Salud porteño, Jorge Lemus, había sido criticado por su carácter restrictivo y por incumplir las normas del histórico fallo de 2012, a partir del cual se estableció la necesidad de protocolos a nivel nacional y provincial.  Entre los puntos que desataron la judicialización del protocolo se destaca que para la interrupción del embarazo producto de una violación debía hacerse dentro de las 12 semanas de gestación, cuando el Código Penal no fija ningún plazo. Además, mientras en el protocolo nacional el pedido de aborto se debía realizar frente al médico interviniente únicamente, en el porteño se establecía que el médico a cargo tenía derecho a consultar a un comité interdisciplinario y el director del hospital la potestad de confirmar el diagnóstico y la procedencia de la interrupción.

El protocolo actualizado en el 2019 agrega algunos puntos al ya sancionado en 2015: reafirma que las causales de una Interrupción Legal del Embarazo seguirán siendo las establecidas en el artículo 86 del Código Penal y reafirmado por el fallo FAL, que la objeción de conciencia es individual y no podrá ejercerse si no existiera otro/a profesional disponible para realizar la práctica en el centro de salud u hospital y que, en casos de que el embarazo haya sido originado por una violación, se debe realizar la intervención bajo una declaración jurada en la que el paciente exprese haber sido víctima del hecho sin dar descripciones ni haber realizado denuncias previas. Además, establece el tratamiento de medicamentos con misoprostol o la AMEU (Aspiración Manual Endouterina).

En este sentido, la legisladora Ofelia Fernández (FdT), afirmó que "en Argentina cada tres horas una niña de entre 10 y 14 años es obligada a gestar y parir", y agregó que "la ILE ya es un derecho y este protocolo viene a terminar con las restricciones" que impiden acceder a esta práctica.

Fuente: El Grito del Sur