La Justicia declaró ilegal las rejas en la Plaza de Mayo

La Justicia porteña declaró ilegal la instalación de rejas en la Plaza de Mayo por no haber contado con la aprobación previa de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires y por violar el artículo 4.1.2.2.1 del Código de Planeamiento Urbano. 

 
La Justicia declaró ilegal las rejas en la Plaza de Mayo

La sentencia fue dictada por el juez Osvaldo Otheguy, del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad N° 8, en la causa caratulada ‘Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad contra GCBA sobre amparo – Patrimonio Cultural Histórico’.

En la misma, se otorga un plazo de 90 días para la sanción de una ley que apruebe la instalación de las rejas en la Plaza de Mayo de modo tal que cumpla con el artículo 4.1.2.2.1 del recientemente sancionado Código Urbanístico, aprobado por Ley N° 6099.

En el caso de falta de sanción de la mencionada ley en el plazo indicado, el Gobierno porteño retirar las rejas en cuestión,  de modo tal que se concrete el restablecimiento del estado anterior de dicho espacio público.
 
De acuerdo con el Código Urbanístico “en el espacio propio de la Plaza de Mayo sólo se permitirán trabajos de conservación y mantenimiento de los elementos preexistentes; todo proyecto modificatorio deberá contar con visado previo del Consejo y aprobado por ley”.